Noticias
Noticias
14/11/2011
Cuantía del pago fraccionado que deben realizar las grandes empresas que facturan más de veinte millones de euros

Modificación en la periodificación de los ingresos tributarios de las empresas más grandes, por considerar que estas son las que en estos momentos presentan una mayor capacidad económica para facilitar la anticipación de la recaudación del Impuesto de Sociedades y de este modo realizar una aportación temporal adicional que favorezca el cumplimiento de los objetivos de reducción del déficit público en el corto plazo.

Con efectos exclusivamente para los períodos impositivos que se inicien dentro de los años 2011, 2012 y 2013, y consiste en establecer la forma de cálculo de la cuantía de los pagos fraccionados que se realicen sobre la parte de la base imponible del período de los tres, nueve u 11 primeros meses de cada año natural. (Real Decreto Ley 9/2011, de 19 de Agosto)

 
info@segarra-asesores.es
San Vicente, 16 · 1º · 1ª · 46002 Valencia · Tel. 96 321 50 50 · Fax. 96 321 50 07