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14/11/2011
Ampliación del plazo máximo para la compensación de bases imponibles negativas

Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2012 y para todo tipo de entidades incluidas las empresas de reducida dimensión se amplia de 15 a 18 años el plazo máximo para la compensación de bases imponibles negativas. (Real Decreto Ley 9/2011, de 19 de Agosto).

 
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